Modalidades de selección — Colombia

Los compradores colombianos eligen entre cinco procedimientos: licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, mínima cuantía y contratación directa. La elección no es discrecional: el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 establece causales tasadas para todo excepto la licitación, que es la regla general. Saber en cuál se está determina los plazos, la puntuación y si el precio cuenta en absoluto.

La regla y las excepciones

El artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 selecciona contratistas mediante licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, más una quinta, mínima cuantía, en el numeral 5 según lo reemplazado por el artículo 30 de la Ley 2069 de 2020. La licitación pública es la regla; todo lo demás es una excepción con un desencadenante enumerado, y la entidad debe justificar por escrito su elección antes de la apertura.

Licitación pública

La regla por defecto. Conforme al artículo 30 de la Ley 80 de 1993, modificado: hasta tres convocatorias publicadas entre diez y veinte días calenda-rios antes de la apertura, con intervalos de dos a cinco días; una audiencia de aclaración dentro de los tres días hábiles siguientes al inicio del período para presentar ofertas, que también revisa la asignación de riesgos; no hay adendas en los tres días previos al cierre; el informe de evaluación queda en exhibición por cinco días hábiles. El artículo 9 de la Ley 1150 hace obligatoria la adjudicación en audiencia pública, y el acto de adjudicación es luego irrevocable.

Para obras públicas, los párrafos 2 y 3 del artículo 30 (adicionados por la Ley 1882 de 2018) exigen dos sobres: los habilitantes y los aspectos no económicos puntuables en el primero, la oferta económica únicamente en el segundo, sellados hasta la audiencia de adjudicación.

Selección abreviada

Un trámite simplificado para situaciones definidas. Las causales en el numeral 2 del artículo 2 incluyen bienes y servicios de características técnicas uniformes y de uso común — adquiridos mediante subasta inversa, catálogo marco o bolsa de productos básicos; menor cuantía; servicios de salud; una licitación declarada desierta, que debe reiniciarse en un plazo de cuatro meses; enajenación de bienes del Estado; productos agrícolas transados en bolsas; defensa y seguridad nacional; y bienes no uniformes de uso común adquiridos mediante marcos (artículo 54 de la Ley 2195 de 2022).

Menor cuantía no es una suma fija. Es una banda definida por el propio presupuesto anual de la entidad expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV): una entidad con presupuesto de 1.200.000 SMLMV o más tiene una menor cuantía de hasta 1.000 SMLMV; 850.000 o más, hasta 850; 400.000 o más, hasta 650; 120.000 o más, hasta 450; y por debajo de 120.000, hasta 280. Así, el mismo valor contractual puede ser menor cuantía en un ministerio y superior a ella en un municipio pequeño. El parágrafo 2 del artículo 2 también permite a la entidad recurrir a sorteo cuando lleguen más de diez manifestaciones de interés.

Concurso de méritos

Para consultoría conforme al numeral 2 del artículo 32 de la Ley 80, y para proyectos de arquitectura, según el artículo 2.2.1.2.1.3.1 del Decreto 1082. Puede ser abierto o con prehabilitación. La norma decisiva es el numeral 4 del artículo 5 de la Ley 1150: el precio no podrá ser en ningún caso un factor de selección para consultores. La puntuación se sustenta en la experiencia del oferente y del equipo propuesto, y en la formación académica del equipo (artículo 2.2.1.2.1.3.2).

Mínima cuantía

Cualquier objeto cuyo valor no exceda el 10% de la menor cuantía de la entidad. Conforme al numeral 5 del artículo 2 y al artículo 2.2.1.2.1.5.2 del Decreto 1082: una convocatoria publicada por al menos un día hábil; al menos un día hábil para presentar oferta; se acepta el precio más bajo que cumpla; y la aceptación, junto con la oferta, constituye el contrato. El registro RUP (Registro Único de Proponentes) no es obligatorio, los estudios previos no aplican, y la preferencia nacional-industria de la Ley 816 queda expresamente excluida.

Contratación directa

Lista cerrada en el numeral 4: urgencia manifiesta, endeudamiento, contratos interadministrativos, adquisiciones reservadas de defensa e inteligencia, actividades científicas y tecnológicas, ciertos contratos fiduciarios, ausencia de pluralidad de oferentes, servicios profesionales y apoyo a la gestión, arrendamiento o adquisición de bienes inmuebles, peritajes, y contratos con autoridades indígenas y comunidades afrocolombianas incorporados por la Ley 2160 de 2021. Requiere un acto motivado de justificación (artículo 2.2.1.2.1.4.1), salvo para los contratos de servicios profesionales y los supuestos de los literales (a) y (b) del 2.2.1.2.1.4.3, y las garantías no son de carácter obligatorio.

Trato nacional: el punto que complica a los oferentes extranjeros

El artículo 2 de la Ley 816 de 2003 obliga a las entidades a asignar entre un 10% y un 20% de la puntuación a oferentes que ofrezcan bienes o servicios nacionales, y entre un 5% y un 15% a bienes y servicios extranjeros que incorporen componentes colombianos.

Los oferentes extranjeros no quedan excluidos de esa franja. El artículo 2.2.1.2.4.1.3 del Decreto 1082 obliga a la entidad a otorgar trato nacional a oferentes, bienes y servicios de estados con los que Colombia tenga un acuerdo comercial; a estados certificados por el Ministerio de Relaciones Exteriores como otorgantes de reciprocidad; y a los servicios provenientes de miembros de la Comunidad Andina. El Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales de Colombia Compra Eficiente enumera los acuerdos que monitorea: la Alianza del Pacífico, Canadá, Chile, Corea, Costa Rica, los Estados EFTA, Estados Unidos, la Unión Europea, Israel, México, el Triángulo Norte, el Reino Unido y la Comunidad Andina. Donde aplica el trato nacional, el manual indica que la entidad debe otorgar a esas ofertas la puntuación prevista por la Ley 816 y las preferencias de desempate.

La complicación es procesal. Según la definición de Servicios Nacionales en el Decreto 1082, un oferente extranjero con trato nacional puede elegir en su oferta qué regla de origen aplicar — y si la oferta guarda silencio, la entidad aplica por defecto la regla doméstica. Indíquelo en la oferta.

El mismo manual fija plazos mínimos para la elaboración de ofertas: en términos generales 40 días calendario, 30 para la Alianza del Pacífico y la Unión Europea, 10 para Chile, y plazos más cortos cuando los bienes son uniformes o la compra fue prevista en el Plan Anual de Adquisiciones. Nada de ello aplica a la contratación directa, donde la puntuación de la Ley 816 no se otorga en absoluto.

Related terms

See Otnox plans to track procurement opportunities across 56 markets.