ADQUISICION DE LA COMPRA DE LLAVINES CON SUS RESPECTIVA LLAVE PARA 22 MUEBLES AEREOS. SEGUN MEMORANDO DB-471-2026.IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio) · ADQUISICION DE COMPRA LLAVINES CON SU RESPECTIVAS LLAVES PARA 14 MUEBLES RODANTES , SEGUN MEMORANDO DB-471-2026 IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio) · ADQUISICION DE TRES (3) ARMARIOS DE MADERA DE 71X32X15. SEGUN MEMORANDO DB-470-2026 IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio) · ADQUISICION DE 5 SILLAS SEMI EJECUTIVAS, SEGUN MEMORANDO DC-0472-2026. IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio) · ADQUISICION DE DOS (2) ESCRITORIOS PEQUEÑOS.SEGUN MEMORANDO DRI-046-2026 IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio) · ADQUISICION DE TRES (3) SILLAS EJECUTIVAS .SEGUN MEMORANDO DRI-046-2026 IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio) · ADQUISICION DE DOS (2) SILLAS ACOLCHONADAS PARA RECIBIR VISITAS .SEGUN MEMORANDO DRI-046-2026 IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio) · ADQUISICION DE UN (1) ARCHIVO DE MELAMINA GRANDE VERTICAL.SEGUN MEMORANDO DRI-046-2026 IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio) · ADQUISICION DOS (2) MESITAS AUXILIARES PEQUEÑAS PARA COLOCAR IMPRESORA Y TELEFONOS ( PUEDENN SER REDONDAS O DE ESQUINA).SEGUN MEMORANDO DRI-046-2026 IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio)
Published
06.08.2026
Open for bids
06.08.2026
Deadline
07.08.2026
1 MUEBLE DE COCINA PEQUEÑO 1 MESA DE JUNTA 1 CREDENZA PEQUEÑA COLOR CAFE 8 SILLAS SEMI EJECUTIVAS
Se invita a los proveedores interesados a presentar cotización para la adquisición de mobiliario, electrodomésticos y enseres para el hogar, de acuerdo con el siguiente detalle: 2 sofás cama, de es
Ninguna
01 juego de sala 3 piezas para ser utilizada en la sala de recepción del Cuerpo de Bomberos. Solicitud realizada por el Cuerpo de Bomberos Municipal de Puerto Cortés.
1 JUEGOS DE SALA DE 3 PIEZAS Y UNA MEZA CENTRO
1 UNIDAD JUEGO DE SALA EN FORMA DE L COLOR NEGRO O GRIS OSCURO, MEDIDAS: DE LADO LARGO: 230 A 240CM, ESPACIO PARA SENTARSE TRES PERSONAS, LADO CORTO: 160 A 220 CM, ESPACIO PARA SENTARSE DOS PERSONAS
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