ADQUISICIÓN DE 500 HOJAS DE PAPEL STICKER TAMAÑO CARTA. SEGÚN MEMORANDO No.315-2026-DE IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio) · ADQUISICIÓN DE 300 SOBRES MANILA TAMAÑO CARTA CON EL NUEVO LOGO DE INJUPEMP. SEGÚN MEMORANDO No.315-2026-DE IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. (Obligatorio) · ADQUISICIÓN DE 300 SOBRES MANILA TAMAÑO LEGAL CON EL NUEVO LOGO DE INJUPEMP. SEGÚN MEMORANDO No.315-2026-DE IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente. · ADQUISICIÓN DE 300 SOBRES MANILA 19X15 PULGADAS CON EL NUEVO LOGO DE INJUPEMP. SEGÚN MEMORANDO No.315-2026-DE IMPORTANTE: LAS COTIZACIONES DEBEN DE CONTENER NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA RTN, FIRMA Y SELLO, CONTACTO, DIRECCIÓN Y QUE ESTE DENTRO DE LA FECHA ESTABLECIDA NOTA: De conformidad con el Decreto Legislativo No. 266-2013 y el Artículo 105 del Decreto Legislativo No. 357-2013, que establece la Ley Orgánica del INJUPEMP, se considera que el INJUPEMP tiene derecho a la exención del pago del Impuesto Sobre Ventas, según lo estipulado en el Artículo 16 del Código Tributario Vigente, del Decreto Legislativo No. 170-2016. Por lo tanto, no es necesario someterse a procedimientos administrativos autorizantes para gozar de este beneficio de exención del Impuesto Sobre Ventas. En virtud de lo anterior, se establece que los proveedores que facturen bienes o servicios al INJUPEMP están en la obligación de emitir facturas con exención del Impuesto sobre Ventas por las compras realizadas por esta entidad de previsión social. Para ello, es necesario que los proveedores adjudicados cumplan con los siguientes requisitos documentales El o los proveedores adjudicados deberán constar con las siguientes documentaciones: Constancia Pagos a cuenta (de no presentarla se retiene el 1% del pago y si les entrega el documento de retención) Solvencia Fiscal Vigente.
Published
03.08.2026
Open for bids
03.08.2026
Deadline
05.08.2026
* 15 - C/U - RESMA DE 60 HOJAS DE PAPEL FOTOGRÁFICO TAMAÑO CARTA * 2 - RESMA - LÁMINAS PARA PLASTIFICAR TAMAÑO CARTA * PARA ELABORACIÓN DE CARNETS DE IDENTIFICACIÓN PARA EMPLEADOS DEL INSTITUTO NACION
SIRVASE COMPRAR: 20 RESMAS DE PAPEL FOTOGRAFICO. PROYECTO: PARA USO EN LAS DIFERENTES OFICINAS MUNICIPALES.
SIRVASE COMPRAR: 20 RESMAS DE PAPEL FOTOGRAFICO. PROYECTO: PARA USO EN LAS DIFERENTES OFICINAS MUNICIPALES.
* 10 - RESMA - PAPEL FOTOGRÁFICO (RESMA DE 20 HOJAS) * PARA USO EN DEPARTAMENTO DE RELACIONES PÚBLICAS / SEGÚN REQUISICIÓN No. 251 DE RELACIONES PÚBLICAS
* 5 - RESMA - PAPEL FOTOGRÁFICO TAMAÑO CARTA (RESMA DE 20 UNIDADES)* PARA USO EN DEPARTAMENTO DE PRENSA / SEGÚN REQUISICIÓN No. 096 DE RELACIONES PÚBLICAS
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